www.FinanzasPublicas.com.ar

Información Útil  
Dolar: --
Euro: --
Real: --

Nuevo Directorio de Inmobiliarias

 

 
Buscador
Nuevo Directorio de Bienes Raices
Ingresar al Listado de Inmobiliarias
Menú
Economía Nacional
Economía Internacional
Información Bursátil
Mercado Inmobiliario
Contabilidad
Marketing
Legales

Política

Sociología
Directorio de Inmobiliarias
Links Recomendados
Participación de la Comunidad
Ingresar al Foro
Enviar Artículos e Investigaciones
Agregar un Link Recomendado
Institucional
Quiénes Somos
Contáctenos
Mapa del Sitio
 
Derecho Comercial II Parte 10
 
 

2. Una persona otorga mandato general a otra para que en su nombre y representación realice operaciones comerciales en la zona sur del país. Dado que para ello es necesario efectuar largos traslados, se ha convenido que mensualmente se girará una determinada cantidad de dinero para gastos. Así lo hace el mandante los dos primeros meses del contrato, pero luego incumple reiteradamente su obligación, motivo por el cual el mandatario, cansado, decide renunciar. El mandatario notifica al mandante su renuncia por carta documento que es recibida el 5 de mayo de 2005. Al tiempo, el mandante le promueve demanda de daños y perjuicios aduciendo que, debido a lo intempestivo de la renuncia, se ha perdido una importante operación y que ello le ha causado un considerable perjuicio. En razón de lo expuesto, determine cuál es la postura que es ajustada a derecho, explicitando los fundamentos de su respuesta.

El Código de Comercio establece en su  Artículo 224 que el mandatario puede renunciar en cualquier tiempo el mandato, haciendo saber al mandante su renuncia. Sin embargo, si esa renuncia perjudica al mandante, deberá indemnizarle el mandatario. No obstante, el caso que nos ocupa no coincide exactamente con los que nos dice el artículo. La ejecución del mandato depende del suplemento de fondos. Por ende, no cabe que el mandante promueva demanda de daños y perjuicios, ya que fue él, el responsable de la renuncia del mandatario, la cual le fue notificada a través de una carta documento, por lo tanto no puede negar que tomó conocimiento de dicha renuncia.
Entre las causas objetivas de la cesión de mandato podemos mencionar el cumplimiento o el vencimiento del plazo establecido para llevar a cabo el mandato, el cumplimiento del mismo, etc.

 
www.finanzaspublicas.com.ar - Las mejores Inmobiliarias y Propiedades - Directorio Inmobiliario - Todos los derechos reservados © 2007-2008