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Encuadramiento impositivo Parte IV
 
 

 

Recomendaciones.

  1. Si el formulario de inscripción es presentado por un apoderado o un representante legal del contribuyente o responsable, se deberá acompañar la documentación que acredite el carácter invocado.

  2. Todas las fotocopias que se presenten deberán ser rubricadas por el titular.

El formulario 561 (formulario para registro de locales y establecimientos) es utilizado por:

  • Las personas físicas y/o sociedades de hecho, cuando desarrollan sus actividades en un lugar distinto al declarado en el formulario de inscripción y/o ocupen personal.

  • Las personas jurídicas cuando posean sucursales u otros establecimientos afectados a la actividad principal y/o ocupen personal.

  • Los responsables de impuestos internos, cuando posean más de un local afectado al manipuleo, fraccionamiento o elaboración de productos gravados.

Acreditación de la inscripción:

Al solicitar la inscripción, se recibe como constancia el duplicado del formulario de inscripción y/o los de modificaciones, debidamente intervenido por la AFIP.

Dentro de las 48 horas de presentada la inscripción, se debe concurrir nuevamente a la dependencia de la AFIP para retirar una constancia provisoria, en la que aparece el número de CUIT. Esta constancia podrá ser llevada a una imprenta con el propósito de encargar los comprobantes comerciales, según las disposiciones de la resolución 3419.

En un plazo no superior a 15 días, el contribuyente recibe en su domicilio fiscal la tarjeta plástica identificatoria.

Inscripción de contribuyentes y responsables ante el organismo recaudador de impuestos provinciales (para la provincia de Córdoba).

La DGR de la provincia de Córdoba tiene a su cargo la función de recaudar, verificar y fiscalizar los tributos previstos en el Código Tributario de esta provincia. El impuesto más generalizado es el de los ingresos brutos, que grava el ejercicio habitual y a título oneroso dentro de la jurisdicción de la provincia, del comercio, industria, profesión, oficio, negocio, locaciones de bienes, obras o servicios, o de cualquier otra actividad a título oneroso.

Si el comerciante, industrial, profesional o prestador de servicios opera en distintas provincias, deberá inscribirse en el convenio multilateral para pagar el impuesto a los ingresos brutos en todas las jurisdicciones donde tiene actividad.

 

 
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